TESTAMENTO VITAL EN ARAGÓN Y ZARAGOZA. VOLUNTADES ANTICIPADAS.

TESTAMENTO VITAL

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El testamento vital te ayudará cuando más lo necesites. Indicará al equipo médico tu voluntad cuando no lo puedas expresar por tí mismo.

¿Qué ventajas que tiene hacer testamento vital? ¿Te ayudará a tí y a tu familia? SEGURO QUE SÍ.

Respondemos todo lo que necesitas saber en 20 preguntas.

El testamento vital es un documento que expresa las preferencias de una persona sobre la atención médica futura.

Se le llama popularmente testamento «vital» porque despliega su eficacia cuando la persona vive.

Como regla general, el paciente comunicará su deseo directamente a los médicos, pero cuando ya no tiene capacidad para comunicar o tomar una decisión sobre la asistencia sanitaria que quiere recibir, se necesita otra manera de decidir y comunicar esta decisión.

Y esta es la función del testamento vital.

¿Qué es el testamento vital?

El testamento vital es el documento en el que una persona manifiesta su voluntad en el caso de que no pueda hacerlo con motivo de una grave enfermedad, en relación con el tratamiento médico a seguir y, si ha fallecido, en relación con el destino de su cuerpo y órganos vitales, por ejemplo, si quiere que se donen a la ciencia o para trasplantes.

Por ello, en el testamento vital se puede manifestar:

  1.  Las opciones e instrucciones, expresas y previas, que, ante circunstancias clínicas que le impidan manifestar su voluntad, deberá respetar el personal sanitario responsable de su asistencia sanitaria.
  1.  La designación de un representante, plenamente identificado, que será quien le sustituya en el otorgamiento del consentimiento informado, en los casos en que este proceda.
  2.  Su decisión respecto de la donación de sus órganos o de alguno de ellos en concreto, en el supuesto que se produzca el fallecimiento, de acuerdo con lo establecido en la legislación general en la materia.
  1.  Los valores vitales que sustenten sus decisiones y preferencias.

Dependiendo de la Comunidad Autónoma, también se conoce como como Documento de Voluntades Anticipadas o Instrucciones Previas.

 

¿Para qué sirve el testamento vital en Aragón? 

La Voluntades Anticipadas en Aragón sirven para que si, por un deterioro psíquico o  psíquico, la persona queda imposibilitada para manifestar su voluntad, el médico o el equipo sanitario que intervengan en su cuidado respeten, conozcan y cumplan su voluntad, que previamente ha expresado en el testamento vital. 

Es un documento dirigido al  médico responsable en el que una persona mayor de edad manifiesta las instrucciones a tener en cuenta cuando se encuentre en una situación en que las circunstancias que concurran no le permitan expresar personalmente su voluntad.

En  este  documento  la  persona  puede  también designar  a  un  representante,  que  es  el  interlocutor  válido  y  necesario  con  el médico  o  el  equipo  sanitario,  para  que  le  sustituya  en  el  caso  de  no  poder expresar su voluntad.

¿Ayuda a la familia hacer testamento vital?

Una de las ventajas más importantes que tiene otorgar testamento vital es que proporciona tranquilidad de conciencia a su familia durante un momento difícil y ante decisiones difíciles de tomar, porque si los familiares no conocen los deseos concretos sobre el cuidado médico y asistencia sanitaria que quiere su ser querido, son ellos los que van a tener que interpretarlos por sí mismos.

Lamentablemente, ello puede ser un motivo de desacuerdos intensos entre familiares. Y cuando las emociones intensas están presentes, les puede resultar muy difícil y doloroso distinguir entre lo que su familiar desearía realmente, y sus propios miedos de perderlo, o la necesidad de aceptar el fin.

Por ello, hacer un documento de voluntades anticipadas reducirá considerablemente la incertidumbre y las posibilidades de discusiones y peleas entre sus seres queridos, ayudando a su familia a mantenerse unida y no en posiciones opuestas durante los duros momentos de tensión.

¿En qué casos y cuándo se consulta el testamento vital?

El equipo sanitario consulta el testamento vital cuando el paciente se encuentra en una situación que le impide expresar personalmente su voluntad, pero mientras conserva su capacidad y posibilidad de expresarse, prevalece su voluntad sobre lo escrito en el documento de voluntades anticipadas, instrucciones previas o testamento vital.

¿Qué papel tienen los familiares cuando se consulta el testamento vital?

El documento de instrucciones previas prevalece sobre la opinión de los familiares.

No obstante, el otorgante puede designar a un familiar como representante.

El representante será el interlocutor ante el médico responsable o el equipo sanitario, para ayudar a interpretar, en su caso, las instrucciones contenidas en el documento.

Y si cambio de opinión, ¿qué debo hacer?

Si ya se ha otorgado un testamento vital, voluntades anticipadas o documento de instrucciones previas y posteriormente se cambia de opinión, en cualquier momento se pueden revocar, modificar o sustituir las voluntades anticipadas en cualquier registro autonómico.

Siempre prevalecerá el último testamento vital que se ha otorgado.

¿Es recomendable nombrar a un representante?

Sí. El representante asume la responsabilidad de velar porque las voluntades expresadas en el testamento vital sean respetadas en todo momento.

Si hay dudas en la interpretación del testamento vital, el representante será considerado como el interlocutor con el equipo sanitario y podrá tomar decisiones en su nombre, de acuerdo con los deseos, instrucciones y valores que se hayan expresado.

El representante debe aceptar la representación firmando el documento.

¿Cómo se llama el testamento vital en Aragón?

En Aragón, el testamento vital se denomina Documento de Voluntades Anticipadas (DVA).

¿Qué Ley regula el testamento vital en Aragón?

En Aragón el testamento vital se regula por la Ley 6/2002, de 15 de abril, de Salud de Aragón, modificada por la Ley 8/2009, de 22 de diciembre y la Ley 10/2011, de 24 de marzo, de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de morir y de la muerte.

A  nivel estatal, la norma de referencia es la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

En el futuro, cuando entre en vigor, se deberá tener en cuenta la Ley Orgánica de la Eutanasia, la cual recoge como medios para solicitar la prestación de ayuda a morir el testamento vital, voluntades anticipadas o documentos equivalentes legalmente reconocidos, suscritos previamente por el paciente.

¿Cómo hacer testamento vital en Aragón?

Para realizar un testamento vital en Aragón, hay que proceder conforme dispone el artículo 15 de Ley 6/2002, de 15 de abril, de Salud de Aragón:

-debe realizarse por escrito,

-el otorgante debe tener capacidad de obrar suficiente y

-es conveniente inscribirlo en el Registro de Voluntades Anticipadas de Aragón, para que los equipos sanitarios tengan acceso desde cualquier parte del territorio español.

¿Qué requisitos debe tener el testamento vital?

Para considerar que el testamento vital ha sido válidamente emitido:

  • su autor debe tener capacidad jurídica suficiente
  • debe constar por escrito
  • identificación
  • firma
  • fecha y lugar de otorgamiento.

En Aragón, no puede contener instrucciones contrarias al ordenamiento jurídico o a la buena práctica clínica (la «lex artis»), o que no  se  correspondan  exactamente  con  el  supuesto  de  hecho  que  se  hubiera previsto  en  el  momento  de  emitirlas.

En la historia clínica del paciente quedará constancia razonada de las anotaciones relacionadas con estas previsiones.

¿Dónde hacer el testamento vital en Aragón?

En Aragón, la declaración de voluntades anticipadas o testamento vital se tiene que realizar mediante uno de los siguientes procedimientos:

  1.  Ante Notario.
  2.  Ante dos testigos mayores de edad y con plena capacidad de obrar, de los cuales, uno no puede tener  relación  de  parentesco hasta  el  segundo  grado,  ni estar vinculado por relación patrimonial con el otorgante.

¿Puedo hacer mi testamento vital online?

El testamento vital no se puede otorgar online.

En Aragón, el testamento vital debe hacerse ante notario o ante dos testigos.

Sí puede agilizar su tramitación indicando a un Abogado de su confianza las instrucciones que quiere dar para que figuren en su testamento vital. De esta forma el Abogado redactará el documento con sus instrucciones y requisitos legales y realizará todas las actuaciones necesarias en la Notaría para que pueda acudir a la firma del documento de voluntades anticipadas.

También puede encargarse su Abogado de redactar el documento y facilitar su otorgamiento en el caso de que no se quiera acudir a la Notaría si prefiere emitir su testamento vital ante dos testigos.

¿Qué es el Registro de Voluntades Anticipadas?

Los Departamentos y Consejerías de Sanidad de las comunidades autónomas disponen de un registro donde se incorporan los documentos de voluntades anticipadas, instrucciones previas o testamento vital, de manera que quedan registrados y están disponibles para ser consultados por los profesionales sanitarios y poder así conocer sus voluntades.

A través del Registro Nacional de Voluntades Anticipadas, es posible conocer en todo el territorio nacional las instrucciones previas otorgadas por los ciudadanos, que hayan sido formalizadas de acuerdo con lo dispuesto en la legislación de las Comunidades Autónomas.

Por ello, en el Registro Nacional se depositan las instrucciones previas remitidas por los registros autonómicos.

El Registro de Voluntades Anticipadas en Zaragoza

En Zaragoza el Registro de Voluntades Anticipadas se encuentra en Vía Univérsitas, 36 (Departamento de Salud y Consumo del Gobierno de Aragón).

Es recomendable la inscripción del testamento vital en el Registro de Voluntades Anticipadas para garantizar su acceso por parte del equipo sanitario que preste la atención de salud en cualquier parte del territorio nacional español y la posterior incorporación de la información de la existencia del documento de voluntades anticipadas en la historia clínica del paciente.

 ¿Cómo se inscribe el testamento vital en el Registro de Voluntades Anticipadas?

En Aragón los testamentos vitales se pueden inscribir:

  • acudiendo presencialmente al Registro o
  • remitir por correo postal desde una oficina de correos, conforme al procedimiento establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Para inscribir el testamento vital en el Registro de forma presencial será necesario obtener cita previa.

También se puede entregar en los Servicios de Atención al Usuario de los hospitales y centros médicos de especialidades del Sistema de Salud de Aragón y en los Centros de Salud del Sistema de Salud de Aragón, en Zaragoza, Huesca y Teruel.

¿Quién puede tener acceso a sus voluntades anticipadas? ¿Está asegurada la confidencialidad?

Cuando se emiten las voluntades anticipadas se puede indicar quién quiere que tenga acceso a conocerlas y en qué condiciones. Por otra parte, los datos tienen asegurada la confidencialidad y sólo podrán conocerlos las personas autorizadas por las autoridades sanitarias.

También es preciso indicar que quienes accedan al testamento vital por razón de su cargo u oficio, están sujetas al deber de guardar secreto.

¿Por qué contratar a un Abogado para gestionar su testamento vital?

Un abogado especialista le asistirá en la redacción de su testamento vital, ayudando a que la redacción sea clara y que no genere confusiones, que transmita perfectamente sus voluntades anticipadas y que no genere dudas en los profesionales sanitarios, identificando los criterios que respondan a su esquema de valores de calidad de vida íntimamente ligados al proceso de morir con dignidad, relacionados con supuestos como por ejemplo:

  • La posibilidad de comunicarse y relacionarse con otras personas.
  • No sufrir dolor importante, ya sea físico, psíquico o espiritual.
  • La posibilidad de mantener una independencia funcional suficiente que le permita ser autónomo para las actividades propias de la vida diaria.
  • No prolongar la vida por sí misma, cuando la situación sea irreversible.

Además, un Abogado especialista en testamento vital y voluntades anticipadas le ayudará a definir y fijar con precisión su voluntad respecto a los tratamientos que se desea recibir, como por ejemplo:

  • La no aplicación o la retirada si ya se está aplicando, de las medidas de soporte vital y que no se dilate su vida por medios artificiales como fluidos intravenosos, fármacos o alimentación artificial que sólo estén dirigidos a prolongar la supervivencia.
  • La no aplicación de intervenciones médicas dirigidas a alargar la vida cuando se den limitaciones cognitivas o motoras que tengan carácter de irreversibilidad con magnitud suficiente, cuando los responsables de la asistencia tengan que optar por tomar decisiones médicas y/o terapéuticas sobre la persona dirigidas a alargar la vida cuando se den las circunstancias descritas.
  • Suministro de fármacos que sean necesarios para controlar con efectividad los síntomas que puedan causar dolor, padecimiento, angustia o malestar, aunque eso pueda acortar la expectativa de vida.
  • Tener en cuenta la opinión del representante en caso de duda en la interpretación del proyecto vital y valores de calidad de vida.
  • Ser atendido por profesionales sanitarios dispuestos a respetar la voluntad expresada en el testamento vital, para el caso de que los profesionales sanitarios aleguen motivos de conciencia para no actuar de acuerdo con las voluntades anticipadas otorgadas.

El testamento vital en España

A continuación puede consultar la información que cada comunidad autónoma ofrece acerca del testamento vital en su territorio conforme a su legislación específica.

Comunidad Autónoma Denominación del testamento vital Página web
1 Andalucía Voluntad Vital Anticipada https://www.juntadeandalucia.es/temas/salud/derechos/voluntad.html
2 Aragón Documentos de voluntades anticipadas https://www.aragon.es/-/documentos-de-voluntades-anticipadas
3 Principado de Asturias  Instrucciones previas https://www.astursalud.es/noticias/-/noticias/instrucciones-previas-testamento-vita-1
4 Islas Baleares Voluntades Anticipadas https://www.caib.es/sites/voluntatsanticipades/es/presentacion-5201/
5 Canarias Manifestaciones Anticipadas de Voluntad https://www.gobiernodecanarias.org/sanidad/sgt/mav/
6 Cantabria Voluntades previas http://saludcantabria.es/index.php/registro-de-voluntades-previas
7 Castilla- La Mancha Declaración de Voluntades Anticipadas https://www.castillalamancha.es/gobierno/sanidad/estructura/dgspoeis/actuaciones/declaración-de-voluntades-anticipadas-testamento-vital-0
8 Castilla y León Testamento vital https://www.saludcastillayleon.es/institucion/es/publicaciones-consejeria/buscador/testamento-vital-guia-instrucciones-previas-usuarios
9 Cataluña Documento de Voluntades Anticipadas https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Inscripcio-al-Registre-de-voluntats-anticipades
10 Comunidad Valenciana Documento de Voluntades Anticipadas https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=2709&version=amp
11 Extremadura Expresión anticipada de voluntades https://saludextremadura.ses.es/web/expresion-anticipada-voluntades
12 Galicia Instrucciones previas https://www.sergas.es/Asistencia-sanitaria/Instrucións-previas?idioma=es
13 La Rioja Documento de Instrucciones Previas https://www.riojasalud.es/ciudadanos/documento-de-instrucciones-previas-de-la-rioja?showall=1&limitstart=
14 Comunidad de Madrid Instrucciones Previas https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/instrucciones-previas
15 Región de Murcia Voluntades Anticipadas/Testamento Vital www.murciasalud.es/pagina.php?id=78223
16 Comunidad Foral de Navarra Voluntades Anticipadas https://www.navarra.es/home_es/servicios/ficha/3012/Registro-de-Voluntades-Anticipadas
17 País Vasco Documento de Voluntades Anticipadas (DVA) https://www.euskadi.eus/informacion/registro-vasco-de-voluntades-anticipadas/web01-a2inform/es/

NORMATIVA TESTAMENTO VITAL:

  • Instrumento de Ratificación del Convenio para la protección de los derechos humanos y la dignidad del ser humano con respecto a las aplicaciones de la Biología y la Medicina (Convenio relativo a los derechos humanos y la biomedicina), hecho en Oviedo el 4 de abril de 1997. Artículo 9.
  • Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
  • Real Decreto 124/2007, de 2 de febrero, por el que se regula el Registro Nacional de Instrucciones Previas y el correspondiente fichero automatizado de datos de carácter personal.
  • Orden SCO/2823/2007, de 14 de septiembre, por la que se crea el fichero automatizado de datos de carácter personal denominado “Registro Nacional de Instrucciones Previas”.
  • Ley 6/2002, de 15 de abril, de Salud de Aragón, modificada por la Ley 8/2009, de 22 de diciembre.
  • Ley 10/2011, de 24 de marzo, de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de morir y de la muerte.
  • Ley de la Eutanasia -Proposición de Ley de 17 de diciembre de 2020-

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En nuestro Despacho de Abogados en Zaragoza especializado en herencias y sucesiones te ayudamos con tu testamento vital o con actuaciones jurídicas en defensa de los derechos e intereses legítimos en caso de que no se cumpla tu voluntad anticipada: 

  • Redacción del Testamento vital o Documento de Voluntades Anticipadas

  • Tramitación de la inscripción del Testamento Vital en el Registro de Voluntades Anticipadas

  • Asesoramiento previo a la firma del Testamento Vital

  • Reclamación judicial por incumplimiento del Testamento Vital

  • Reclamación por negligencias médicas en relación al Testamento Vital

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